San Jose (Redaccion). En manos de 14 medicos quedaria el procedimiento de fertilizacion in vitro si, en este momento, dicha tecnica fuese implementada en la seguridad social y en centros medicos privados.



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Asi lo informo el Colegio de Medicos y Cirujanos luego de revisar su lista de especialistas habilitados para ofrecer ese tratamiento.



“Solo hay 14 especialistas debidamente acreditados en el Colegio con los atestados necesarios para realizar esa tecnica (...) hay en ambas areas: en centros de la seguridad social y de la medicina privada”, dijo el presidente de la entidad, Alexis Castillo.



¿Cuales son esos atestados? Castillo indico que ese grupo de profesionales son ginecologos-obstretas con una subespecialidad en reproduccion humana, lista que puede conocerse llamando al Colegio de Medicos (telefonos: 2210-2200 o 2210-2202).



“Los medicos especializados en reproduccion humana pueden atender cuadros de infertilidad y valorar el mejor camino para el tratamiento del paciente, como analizar si procede o no aplicar una fertilizacion in vitro”, amplio Castillo.



Señalo que, generalmente, estos profesionales realizan los estudios sobre reproduccion humana fuera del pais.



Determinar cuantos medicos pueden realizar esta tecnica es parte de las tareas de la Comision de Reproduccion Humana conformada por el Colegio de Medicos.



Esa comision cuenta con cuatro especialistas en reproduccion humana, ginecologos-obstetras y abogados, entre otros profesionales quienes analizan el fallo de la Corte Interamericana de Justicia.



El pasado 20 de diciembre, un dictamen de la Corte Interamericana de Derechos Humanos obligo al Estado a ofrecer la tecnica de fertilizacion in vitro (FIV) en la seguridad social, asi como, permitir su funcionamiento en centros privados.



Al respecto, el Presidente del Colegio de Medicos indico que su Comision de Reproduccion Humana diseñara un protocolo con las normas eticas, cientificas y morales que deben regir la actuacion del medico autorizado para ejecutar esta tecnica.



Castillo aclaro que compete al Ministerio de Salud autorizar cuales centros de salud pueden ofrecer la FIV, previa revision de equipos e instalaciones necesarias, entre otros aspectos.



En este momento, la Caja Costarricense del Seguro Social analiza aspectos legales y administrativos, como presupuesto, instalaciones y personal necesario para brindar la FIV dentro de su actual oferta para atender casos de infertilidad.



Tambien, una comision especial de Gobierno analiza si la FIV debe regularse via reglamento o mediante una ley, la cual debe ser aprobada en la Asamblea Legislativa.



El pais esta obligado a informar sobre el avance del tema a la Corte Interamericana, cada seis meses.



La FIV es “la union del ovulo de una mujer y el espermatozoide de un hombre en un plato de laboratorio”, segun define la Biblioteca Nacional de Salud de Estados Unidos, en su pagina web.



Precisamente, se usa el termino “in vitro” porque este tipo de fecundacion se realiza fuera del cuerpo para, posteriormente, introducir un numero de embriones a la mujer.



En el juicio, el Estado costarricense argumento que la vida se inicia desde el momento de la fecundacion del ovulo con el espermatozoide cuando se conforma el embrion (dentro o fuera de la mujer).



Sin embargo, el fallo de la Corte fijo que la vida se inicia cuando el embrion se implanta o se encuentra en el seno de la mujer.



Sobre el exito de la tecnica, la Sociedad de Tecnologias de Reproduccion Asistida de Estados Unidos detalla que la probabilidad de dar a luz a un bebe vivo tras dicho procedimiento es de un 41% a un 43% en mujeres menores de 35 años.



Dicha probabilidad se reduce hasta llegar a un 13% a un 18% para mujeres de mas de 41 años.